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24-06-2008  Entrevista  
Preguntas y respuestas sobre las municiones en racimo
El CICR ha acogido con beneplácito la aprobación de un tratado histórico que prohíbe el empleo, la producción, el almacenamiento y la transferencia de municiones en racimo, armas que durante décadas han causado sufrimiento a miles de víctimas civiles. (Versión actualizada de la entrevista a Peter Herby, jefe de la Unidad de Armas, del CICR, publicada originalmente el 25 de mayo de 2008.)

Jefe de la Unidad de Armas, del CICR, Peter Herby.

El Convenio aprobado en Dublín prohíbe todas las municiones en racimo y compromete a los Estados a limpiar las zonas contaminadas y a destruir sus reservas de esas armas. Además, contiene una serie de disposiciones relativas a la asistencia a las víctimas. El CICR insta a todos los Estados a firmar el Convenio relativo a las municiones en racimo en Oslo el próximo mes de diciembre y promoverá activamente su ratificación y aplicación.

El jefe de la Unidad de Armas, del CICR, Peter Herby, explica los logros de la Conferencia de Dublín y las repercusiones que se esperan del Convenio.

¿Qué se logró en la Conferencia Diplomática?

El texto del Convenio fue acordado por 111 Estados el 30 de mayo en una Conferencia Diplomática en Dublín. El Convenio prohíbe el empleo, la producción, el almacenamiento y la transferencia de municiones en racimo y obliga a los Estados Partes a destruir las reservas de esas armas dentro de los próximos ocho años. Además, los compromete a limpiar las zonas contaminadas con municiones en racimo sin estallar y a prestar asistencia a las víctimas y a sus comunidades.

¿El CICR está satisfecho con el nuevo Convenio?

El CICR está muy satisfecho con el Convenio que, en nuestra opinión, permitirá la eliminación total de las municiones en racimo que han causado sufrimientos durante décadas a muchísimos civiles. Establece una nueva norma de derecho internacional humanitario según la cual las municiones en racimo, tal como están definidas en el Convenio, son armas prohibidas. Es probable que esta norma tenga un efecto en la práctica de todos los Estados, incluso en los que no están dispuestos a adherirse formalmente al Convenio.

¿Qué repercusiones tendrá el Convenio?

Cuando se lo aplique, el Convenio beneficiará directamente a las comunidades afectadas, pues se harán mayores esfuerzos para limpiar las zonas contaminadas con municiones en racimo, es decir que se salvarán vidas y las comunidades podrán retomar sus actividades en el campo u otras actividades productivas. Además, se harán mayores esfuerzos para prestar atención médica y de rehabilitación física a las víctimas. Y lo que es muy importante: el Convenio puede evitar grandes sufrimientos humanos si se logra que cientos de miles de submuniciones no se utilicen y se destruyan.

¿Cuál es la definición de munición de racimo adoptada por el Convenio?

Las municiones en racimo pueden lanzarse desde aviones o por artillería de fuego, y pueden liberar múltiples submuniciones o bombetas en una zona amplia. Algunos modelos pueden contener y liberar más de 600 submuniciones en una zona que puede exceder los treinta mil metros cuadrados, o varias canchas de fútbol. Todas esas armas están prohibidas por el Convenio.

¿Hay excepciones?

Algunas municiones que contienen submuniciones no son consideradas municiones en racimo a los fines del tratado. Esto incluye municiones diseñadas para esparcir bengalas o humo. También están excluidas las municiones en racimo que contienen menos de 10 submuniciones. Cada una de esas submuniciones tendría que estar diseñada para a) localizar y atacar un solo objetivo, y b) estar equipada con un dispositivo electrónico de autodestrucción y autodesactivación. Estas armas fueron excluidas sobre la base de que es poco probable que causen los problemas tradicionalmente asociados con las municiones en racimo. Hoy en día, los sistemas de ese tipo son muy pocos.

¿Las tropas que participen en operaciones militares conjuntas con Estados que no hayan firmado el Convenio podrán ser responsabilizadas penalmente?

Esta fue una de las cuestiones más polémicas en la negociación del tratado. El texto no prohíbe "la cooperación y las operaciones militares" con Estados que no sean Partes en el Convenio y que pueden emplear municiones en racimo en una operación conjunta. Sin embargo, se insta a los Estados Partes a que en esas circunstancias desalienten el empleo de municiones en racimo por los Estados que no sean Partes. Además, si bien se autorizan las operaciones conjuntas y la cooperación, éstas no deben implicar el empleo de municiones en racimo por el Estado Parte ni ninguna otra actividad prohibida, como el almacenamiento, la transferencia o la producción de municiones en racimo.

La disposición sobre cooperación y operaciones militares (artículo 21) limita el alcance de la prohibición de la asistencia en el empleo de municiones en racimo que figura en el Convenio. Sin embargo, el impacto potencial de esta disposición está limitado en cierta medida por el requisito de que los Estados Partes desalienten el empleo de esas armas en operaciones conjuntas.

Otro tema polémico fue el período de transición durante el cual los Estados que tienen reservas de municiones en racimo podrían seguir empleándolas. ¿Qué se acordó al respecto?

No hay un período de transición en el Convenio en cuanto al empleo de las municiones en racimo "en circunstancias excepcionales" después de la entrada en vigor del acuerdo para un Estado Parte. El CICR se opuso categóricamente a esa disposición que socavaría la autoridad moral del Convenio y pondría en peligro la vida de muchos civiles.

¿Qué sucede con los Estados que no participaron en las negociaciones de Dublín?

El CICR cree que la norma establecida por este Convenio tendrá un efecto en la práctica y las posiciones de todos los Estados. Las municiones en racimo, tal como están definidas en el Convenio, serán consideradas un arma prohibida que nadie debería emplear. El CICR instará a todos los Estados a que se adhieran a este Convenio. En 2006, el CICR instó a los Estados a que inmediatamente dejaran de emplear municiones en racimo no precisas ni fiables, que ahora están prohibidas por el Convenio. Reiteramos una vez más ese pedido.

¿Cuáles son los próximos pasos?

El Convenio relativo a las municiones en racimo se abrirá a la firma en una ceremonia que tendrá lugar en Oslo el 3 de diciembre de 2008. Entrará en vigor cuando 30 Estados hayan depositado sus instrumentos de ratificación en poder del secretario general de las Naciones Unidas. En el año posterior a la entrada en vigor, los Estados Partes comenzarán a reunirse anualmente para evaluar la implementación del Convenio y promover su aplicación universal.

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24-06-2008