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Proteger la dignidad de todos: hacia establecimientos penitenciarios más humanos

Dos personas del CICR

Por Alejandro Marambio y Ana Langner Leyva

En el Día Internacional de Nelson Mandela, que se celebra el 18 de julio cada año en conmemoración de su fecha de nacimiento, el CICR recuerda que todas las personas sin excepción deben ser tratadas con humanidad y que los Estados tienen la obligación de garantizar la seguridad y condiciones de vida dignas en los centros penitenciarios.

Imagina no tener control sobre a dónde vas o qué haces. Perder completamente tu libertad y autonomía: no poder decidir qué llevar puesto, a qué hora dormir, lo que deseas comer, ni tener momentos de soledad cuando los necesitas.  Eso, por sí solo, ya sería demasiado. 

Ahora, imagina que habitas un espacio reducido, en donde estás más expuesto a las enfermedades e incluso a la violencia, y con un acceso más restringido a servicios esenciales, como agua potable.  Imagina también que pierdes el contacto con tus seres queridos y con el mundo exterior, debido a que tienes un acceso muy limitado a la información sobre lo que está pasando en el mundo. 

La privación de la libertad es en sí aflictiva, porque separa a las personas del mundo exterior y las despoja de su autonomía. Cualquier condición que agrave ese sufrimiento debe ser evitado por los sistemas y la gestión penitenciaria, y debe procurarse que todas personas tengan una vida digna dentro de los centros penitenciarios, incluyendo el cuidado por su bienestar psicosocial y el contacto con sus seres queridos, clave para su proceso de reinserción social. 

Lamentablemente, para muchas personas detenidas, su sufrimiento va más allá de la pérdida de libertad. 

¿A quién le importa si duermen en una cama, si comen lo suficiente o si tienen acceso a asistencia legal? La respuesta se encuentra no sólo en la humanidad, sino también en las normas internacionales, como las Reglas Nelson Mandela. Según éstas, las personas detenidas deben recibir protección, especialmente en lo relativo a su dignidad e integridad física.

Por otro lado, el maltrato y la humillación no contribuyen a mejorar las oportunidades y sentar las bases de una buena reinserción futura, que sin duda tendrá un impacto en la sociedad; más bien, aportan un nuevo riesgo a la convivencia pacífica y libre de delitos.

En el marco de su acción humanitaria, desde hace más de 100 años, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) observa las condiciones de detención y los derechos de las personas privadas de libertad, tanto en situaciones de conflicto armado, como en otras situaciones de violencia.  En el marco de su misión de proteger la vida y dignidad humana hoy realiza visitas en más de 80 países del mundo para promover la humanidad en los centros penitenciarios. Por ello, trabaja estrechamente con autoridades penitenciarias para procurar condiciones dignas, agua potable y alimentos suficientes, atención a la salud y facilitar el contacto con seres queridos, entre otros.

El papel del Estado y las condiciones carcelarias

La reclusión, de por sí, es castigo suficiente. En el Día Internacional de Nelson Mandela, el CICR recuerda que todas las personas merecen un trato humano y que es obligación de los Estados garantizar la seguridad de las personas detenidas y condiciones de vida digna en los centros penitenciarios, así como un espacio de trabajo seguro para el personal penitenciario.

La detención implica la privación de la libertad, uno de los castigos más severos, por lo tanto, es crucial que el entorno carcelario no agrave este sufrimiento. La sociedad en general ha adoptado una posición de profunda deshumanización frente al castigo de la privación de libertad. Cree que cualquier pena privativa de libertad es corta y que todo sufrimiento es poco frente a lo que merece padecer el infractor. Es prioritario devolver la humanidad a la discusión, valorando qué se pierde con la privación de libertad: autonomía, autodeterminación,la capacidad de valerse por uno mismo , fijar el tiempo y los modos de sus experiencias diarias, decidir con quién compartir el día y cómo entablar relaciones significativas, la decisión de cuándo y cómo ocupar un espacio y las condiciones de privacidad e intimidad.

En los establecimientos penitenciarios no debe haber cabida al daño físico o psicosocial a las personas detenidas, el personal y los visitantes. Esto incluye evitar espacios de reclusión y procedimientos de gestión de la población detenida que faciliten tratos crueles o inhumanos, minimizar el aislamiento social y proteger a todos dentro del entorno carcelario de agresiones y abusos. Además, deben atenderse las necesidades humanas de las detenidas y los detenidos, como una adecuada alimentación, acceso constante a agua potable, relaciones humanas significativas, sanitarios, duchas, atención médica y garantizar un ambiente saludable.

En un mundo donde la detención suele conllevar la pérdida de derechos y dignidad, y donde las personas encarceladas son frecuentemente olvidadas, el CICR – cuya misión es proteger la vida y la dignidad humana – colabora con las autoridades de diversos países para fomentar sistemas penitenciarios humanos: una labor profunda, de largo plazo y cada vez más necesaria.

A través de un diálogo bilateral y confidencial, apoyamos a las autoridades en la promoción de un trato digno hacia las personas y en la mejora de la gestión penitenciaria. Su apertura, acceso y colaboración, es vital para facilitar nuestro trabajo.

Nuestro compromiso es firme: contribuir a la creación de un sistema penitenciario seguro y humano mediante mejoras estructurales y duraderas, alineadas con los estándares internacionales en la materia.

Hacia la reinserción

Las cárceles no solo deben garantizar la dignidad de las personas privadas de libertad, sino también propiciar su rehabilitación y posterior reinserción y mantener su vínculo con la sociedad. Para ello, las condiciones dentro de los centros de detención deben asemejarse lo más posible a la vida en libertad, para que las personas en situación de cárcel puedan mantener un sentido de responsabilidad y dignidad. Esto incluye permitir interacciones humanas significativas, brindar un cierto nivel de autonomía en las decisiones cotidianas, y adaptar el entorno a las prácticas culturales y sociales de la comunidad circundante. Las restricciones deben ser las mínimas necesarias para garantizar la seguridad y el orden (protección y contención), promoviendo un entorno que favorezca la reintegración social.

La infraestructura de las cárceles impacta directamente en la capacidad de las autoridades para cumplir con las normas internacionales de derechos humanos y en el bienestar de las personas detenidas y el personal. Una infraestructura deficiente puede perpetuar un ciclo de violencia y exclusión, aumentando la probabilidad de reincidencia y, consecuentemente, el riesgo para la sociedad. Por lo tanto, equipar a los establecimientos penitenciarios con espacios donde las personas en reclusión puedan ver la naturaleza, la luz natural, puedan hacer actividades significativas, tener oportunidades para educarse y desarrollarse personalmente, debe verse como una inversión en la seguridad y el bienestar a largo plazo de la comunidad.

Las personas detenidas siguen siendo parte de la sociedad, y mantener este vínculo es fundamental para su rehabilitación y reintegración. Las cárceles deben facilitar el acceso de las detenidas y los detenidos a la información, permitir visitas regulares de familiares y amigos, y ofrecer oportunidades para que sigan desempeñando roles sociales significativos. Los centros de detención deben considerar un espacio para garantizar fácil acceso a los visitantes y servicios comunitarios, y promover interacciones positivas entre las personas en detención y el mundo exterior.

Estos principios se basan en normas internacionales como las Reglas Nelson Mandela, que subrayan la necesidad de tratar a las personas detenidas con dignidad y respeto. Como señala el CICR en su “Manual: Hacia establecimientos penitenciarios más humanos”, implementar estos principios en la construcción y gestión de cárceles no solo responde a un mandato legal y ético, sino que también es una estrategia pragmática para construir una sociedad más segura y justa. La privación de libertad debe ser la última opción, y cuando se aplique, debe hacerse en un entorno que promueva la rehabilitación y la reintegración efectiva.

La gestión de los establecimientos penitenciarios debe reflejar el compromiso de los Estados, incluyendo a los que han manifestado su interés en formar parte del Grupo de las Naciones Unidas (ONU) de Amigos de las Reglas Nelson Mandela, como México, El Salvador y Panamá, a los principios de estas normas: no causar daño, tratar a las personas reclusas con el respeto que merece su dignidad, promover la salud y el crecimiento personal, y mantener el vínculo con la sociedad. Solo así podremos asegurar que las cárceles cumplan su doble propósito de proteger a la sociedad y reducir la reincidencia, mientras respetamos la dignidad y los derechos de todos los seres humanos. 

Alejandro Marambio y Ana Langner Leyva son asesor sobre sistemas penitenciarios y oficial de comunicación pública del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para México y América Central, respectivamente. 

Esta columna fue publicada el 18 de julio de 2024 en En clave humanitaria una columna del CICR en Animal Político. 

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