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Estándares sobre el derecho a la salud de las personas privadas de libertad en Perú, Bolivia y Ecuador

Contener el coronavirus en los centros de detención es un desafío para los Estados. El hacinamiento y las escasas condiciones de higiene hacen que la población privada de libertad sea vulnerable frente a un brote, como se ha visto en varios países de América Latina.

Preocupada por la situación de las personas privadas de libertad, la Delegación Regional del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para Perú, Bolivia y Ecuador ha hecho hincapié en el derecho a la salud de las personas detenidas y la responsabilidad de los Estados de garantizar su respeto en cualquier tiempo y circunstancia.

En tal sentido, el CICR ha elaborado tres versiones del documento denominado "Recopilación del Estándares Nacionales e Internacionales sobre el Derecho a la Salud de las Personas Privadas de Libertad y Medidas para Descongestionar los Establecimientos Penitenciarios en el marco de la COVID 19". Estas recopilaciones contienen disposiciones jurídicas relativas a la protección del derecho a la salud que cada legislación atribuye a su respectivo Estado.

240%
140%
30%

De igual modo, en dichos documentos se plasman disposiciones relativas al derecho a la salud contenidas en instrumentos jurídicos internacionales ratificados por Perú, Bolivia y Ecuador, así como también decisiones de los tribunales de justicia de los tres países y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en la materia.

En estos documentos se pueden encontrar pronunciamientos relacionados con el deber ser de la actuación estatal frente al derecho a la salud de las personas privadas de libertad, teniendo como base fundamental la igualdad de derechos respecto de las demás personas.

El CICR también hace referencia en el documento a las decisiones que adoptaron algunos Estados sobre medidas alternativas a la pena privativa de libertad en el contexto de la pandemia COVID–19, así como otras medidas que enfatizan el respeto de los derechos a la salud e integridad de las personas privadas de libertad. Finalmente, se presentan las recomendaciones de organismos internacionales e instituciones especializadas para la adopción de medidas de descongestionamiento y deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios.

Estos documentos fueron remitidos a las autoridades gubernamentales, penitenciarias y del Poder Judicial, así como a organizaciones de la sociedad civil y Defensorías del Pueblo de Perú, Bolivia y Ecuador. También se ha solicitado a los sectores académicos y de la sociedad civil que coadyuven a difundir estos estándares.

Para leer y descargar los documentos puede acceder aquí:

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