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Órgano Mundial e Independiente de Apelación (GIBA)

El Órgano Mundial e Independiente de Apelación (GIBA) es un mecanismo de apelación interno ofrecido por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) a todo su personal. Permite presentar apelaciones contra los despidos y contra determinadas medidas disciplinarias, establecidas en el Reglamento, si esas decisiones se consideran una infracción de las normas y reglamentos internos o constituyen un trato desigual injustificado o arbitrario.

El Órgano de Apelación es un cuerpo administrativo interno que tiene la responsabilidad y el poder de tomar decisiones sobre apelaciones admisibles presentadas ante él y de formular recomendaciones objetivas, independientes e imparciales sobre los casos.

El Órgano de Apelación está compuesto por una Secretaría permanente y por una presidencia y vicepresidencia que se encargan de tratar los casos individuales con el apoyo de una Red Mundial de Pares integrada por empleados/as que desempeñan esta función voluntariamente y que fueron seleccionados/as en todo el mundo.

¿Qué decisiones pueden ser apeladas ante el Órgano de Apelación?

Solo se puede apelar las decisiones que tengan carácter final y que hayan sido notificadas al/a la empleado/a por escrito. Las decisiones apelables son los despidos y las medidas disciplinarias tal como están definidas en el Reglamento, con las excepciones siguientes:

  1. Las sanciones de primer nivel tal como están definidas en el Reglamento no pueden apelarse ante el Órgano de Apelación. Estas sanciones pueden apelarse mediante una apelación jerárquica.
  2. Las apelaciones contra la rescisión de un contrato notificadas en el contexto de un despido colectivo por supresión de puestos no pueden apelarse ante el Órgano de Apelación.

¿Cómo presentar una apelación?

Cualquier empleado/a elegible puede apelar una decisión completando un formulario de apelación y presentándolo, junto con los documentos respaldatorios, ante el Órgano de Apelación dentro del plazo establecido en el Reglamento.

Para que la apelación sea admisible, el formulario de apelación y todos los documentos respaldatorios deben ser recibidos por la Secretaría del Órgano de Apelación dentro de los 30 días calendario posteriores a la notificación de la decisión impugnada al/a la apelante.

Si el/la apelante no tiene acceso a medios electrónicos, puede remitir el formulario de apelación completo y los documentos respaldatorios impresos a la Secretaría del Órgano de Apelación

Formato y medios de presentación

El/la apelante debe completar su apelación en inglés o en francés. Los documentos respaldatorios pueden presentarse en su idioma original.

Todas las presentaciones escritas, junto con los documentos respaldatorios, deben enviarse a la Secretaría del Órgano de Apelación a través de uno de los medios siguientes

Órgano Mundial e Independiente de Apelación (GIBA)
c/o Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)
Delegación de la Unión Europea, OTAN y el Reino de Bélgica
rue d'Arlon 80, casilla de correo 6,
1010, Bruselas
Bélgica

  • d. Personalmente, en la dirección de la Secretaría del Órgano de Apelación.

Para más información sobre el proceso de examen del Órgano de Apelación y para recibir orientación de exempleados/as o de empleados/as actuales, consulte la página de intranet del Órgano de Apelación o póngase en contacto con la Secretaría del Órgano de Apelación (giba@icrc.org) para obtener una copia del Reglamento del Órgano de Apelación y/o el formulario de apelación antes de proceder a la presentación.