Colombia: Llamados del CICR a la acción

A los actores armados estatales y no estatales
En medio del incremento de las confrontaciones, es urgente e imperativo que los actores armados protejan a la población civil y a quienes han dejado de participar en las hostilidades. El derecho internacional humanitario (DIH) debe ser respetado por las partes, sin excepción. Los principios de distinción, proporcionalidad y precaución deben respetarse en todo momento y lugar. Les llamamos a cumplir, especialmente, con el principio de precaución, que exige tomar todas las medidas factibles para evitar o minimizar el daño a la población y a los bienes civiles al planificar y ejecutar operaciones militares.
Las personas que no participan o que han dejado de participar en las hostilidades deben ser tratadas con humanidad. El homicidio y la amenaza de cometerlo están absolutamente prohibidos. Adicionalmente, en ninguna circunstancia la población civil debe ser estigmatizada. Los niños, niñas y adolescentes deben quedar completamente al margen de las hostilidades. Su reclutamiento, uso y utilización constituye una violación del DIH que no solo afecta irreparablemente sus vidas y su dignidad, sino también las de sus familias y comunidades. Toda forma de violencia sexual está absolutamente prohibida por el DIH y debe ser erradicada, tanto como mecanismo de intimidación como medio de reclutamiento, uso y utilización de niños, niñas y adolescentes.
En todo momento debe garantizarse la protección de quienes brindan asistencia de salud, así como de las personas heridas y enfermas, incluso si estas pertenecen a actores armados. Se debe permitir la circulación de ambulancias y el transporte para la evacuación de los heridos y enfermos, sin importar a qué parte pertenezcan. Así mismo, se debe permitir el traslado y la entrega de insumos médicos esenciales. Especialmente, cuando aumentan las hostilidades, proteger a quienes cuidan garantiza un mínimo de humanidad en medio de la confrontación.
En el contexto de los enfrentamientos, el manejo adecuado y la identificación de los cuerpos de las personas fallecidas, incluidos los integrantes de actores armados, son fundamentales para prevenir su desaparición. Es imprescindible garantizar que las familias reciban información sobre la suerte y el paradero de sus seres queridos. Reiteramos a los actores armados, tanto estatales como no estatales, la necesidad de proteger a la población civil de las consecuencias devastadoras que genera la presencia, uso y abandono de artefactos explosivos. Igualmente, los instamos a considerar su impacto en las comunidades, especialmente en lugares esenciales para la infancia, como escuelas y espacios de recreación. Es importante recordar que el respeto del DIH no depende de la existencia de negociaciones de paz ni debe entenderse como un asunto transaccional en medio de los diálogos. Su cumplimiento es obligatorio y, cuando se recrudece la confrontación, es aún más necesario.
Instamos a las partes en conflicto a que adopten acuerdos especiales y/o declaraciones unilaterales para que se avance y profundice en el fortalecimiento del respeto y la implementación del DIH. Estos acuerdos pueden mostrar un claro compromiso de proteger a las personas que no participan y a las que han dejado de participar en las hostilidades.
A las entidades del Estado:
Debido al rápido deterioro de la situación humanitaria, hacemos un llamado a las instituciones del Estado para que respondan con celeridad a las necesidades de las personas afectadas por las consecuencias de los conflictos armados. Esto incluye la asignación adecuada de recursos
para tal fin. Una atención oportuna puede garantizar la sobrevivencia de comunidades enteras afectadas por los conflictos armados. Adicionalmente, exhortamos a activar y asegurar el adecuado funcionamiento de las rutas de prevención e implementar medidas que mitiguen los riesgos a los que se expone la población civil.
Instamos al Estado a fortalecer los mecanismos de apoyo para las personas cuya salud mental se ve afectada por los conflictos armados, como docentes y trabajadores de la salud que desempeñan su labor en medio de las hostilidades. Llamamos a las autoridades a asegurar el funcionamiento de las rutas de prevención del reclutamiento, uso y utilización de niños, niñas y adolescentes, así como afortalecer los mecanismos de acceso a la educación como una forma de mitigar el riesgo.
Instamos al Estado a garantizar la asignación de recursos adecuada para la implementación de la política pública de búsqueda de personas desaparecidas y apoyo a las familias. Esto incluye el fortalecimiento del Sistema Nacional de Búsqueda (incluido el Sistema Medicolegal) y la participación de las víctimas en el diseño e implementación de la política pública nacional para personas desaparecidas.
Exhortamos al Estado a establecer una alternativa humanitaria extrajudicial para la búsqueda de las personas desaparecidas después del 1 de diciembre del 2016. Es urgente que el Estado adopte medidas para prevenir la desaparición de cuerpos de personas fallecidas en el contexto de los conflictos armados. Es fundamental garantizar una adecuada custodia y la trazabilidad tanto de los cuerpos no identificados como de los identificados sin reclamar que son inhumados por el Estado.
Recordamos al Estado la importancia de avanzar en la creación del Mecanismo Nacional de Prevención del Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. También esperamos la aprobación de los protocolos para la articulación interinstitucional en situaciones de crisis en centros penitenciarios, así como en casos de personas privadas de libertad con enfermedades incompatibles con la pena de prisión.