Armas convencionales

El derecho internacional humanitario prohíbe o restringe ciertos tipos de armas convencionales para proteger a la población civil de los efectos indiscriminados que ocasionan y evitar que los combatientes sufran heridas excesivas que no tienen ninguna finalidad militar.

Las armas convencionales y el derecho internacional humanitario

El derecho internacional humanitario (DIH) prohíbe o restringe ciertos tipos de armas convencionales para proteger a la población civil de los efectos indiscriminados que ocasionan y evitar que los combatientes sufran heridas excesivas que no tienen ninguna finalidad militar. Uno de los principales instrumentos jurídicos que cumplen esa finalidad es la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales, de 1980.

La Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados de 1980 (que se conoce como Convención sobre Ciertas Armas Convencionales, o CCAC) se basa en las normas generales del DIH que prohíben el uso de armas de tal índole que sus efectos sean indiscriminados o que causen males superfluos o sufrimientos innecesarios.