Derecho internacional humanitario y política sobre

Las operaciones militares en el espacio

Si bien existe en la comunidad internacional el deseo de explorar y utilizar el espacio con fines pacíficos, lo cierto es que el uso del espacio y de los objetos espaciales con fines militares forma parte integral de la guerra contemporánea desde hace varias décadas.

Las operaciones militares en el espacio y las armas en el espacio ultraterrestre

A medida que los sistemas espaciales adquieren un papel más protagónico en las operaciones militares durante los conflictos armados, aumenta la probabilidad de que esos sistemas sean objeto de ataques. Algunas de las amenazas —actuales y futuras — a los sistemas espaciales incluyen la guerra electrónica, las ciberoperaciones y las operaciones de energía dirigida; así como el uso de armas antisatélite basadas en órbita y en tierra u otras capacidades militares contraespaciales (por ejemplo, operaciones dañinas de encuentro y proximidad en órbita). Los sistemas espaciales —sobre todo los satélites de navegación, comunicaciones y teledetección — desempeñan un papel fundamental en la infraestructura esencial de carácter civil, en los sectores de la energía y las comunicaciones. Estos sectores permiten la prestación de los servicios esenciales de los que depende la población civil (suministro de alimentos, agua, electricidad, saneamiento, gestión de residuos y asistencia de salud, etc.). Asimismo, contribuyen a llevar adelante las misiones de ayuda humanitaria y las respuestas de emergencia. Además, son esenciales para el funcionamiento, la protección, la seguridad o el mantenimiento de determinados bienes y personas que están específicamente amparados por el derecho internacional. La interrupción o destrucción de los sistemas espaciales que desempeñan las mencionadas funciones podría acarrear consecuencias de gran alcance para la población civil, incluidas las organizaciones humanitarias. Más allá de las particularidades de cada caso, las actividades u operaciones militares que se lleven adelante en el espacio ultraterrestre están reguladas por el derecho internacional vigente.

El Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre

El Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre reconoce el interés general de toda la humanidad en el avance de la exploración y el uso del espacio ultraterrestre con fines pacíficos. En su artículo IV, prohíbe poner en órbita objetos portadores de armas nucleares u otras clases de armas de destrucción masiva, emplazar esas armas en cuerpos celestes y colocarlas en el espacio ultraterrestre de cualquier otra forma.

La Carta de las Naciones Unidas

La Carta de las Naciones Unidas establece en qué casos los Estados pueden recurrir a la fuerza; prohíbe la amenaza o el uso de la fuerza, excepto con la autorización del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en virtud del capítulo VII y en legítima defensa, según el artículo 51.

El derecho internacional humanitario

El derecho internacional humanitario (DIH) establece normas relativas a la conducción de las hostilidades con la finalidad de limitar, por razones humanitarias, los efectos de los conflictos armados. Incluye, en particular, el principio de distinción, la prohibición de ataques indiscriminados y desproporcionados, y la obligación de tomar todas las precauciones posibles que eviten, o al menos minimicen, el daño incidental a la población civil.

Para el CICR, estas normas no se aplican solo a las operaciones cinéticas —físicas— contra objetos espaciales, sino también a las operaciones no cinéticas que podrían desactivar objetos espaciales aunque no provocaran un daño material, como en el caso de la guerra informática.

Al analizar la legalidad de tales ataques, deben considerarse todos los daños incidentales previsibles, directos o indirectos, incluso cuando el objetivo sea un elemento espacial usado tanto con fines militares como civiles. Al aplicar estas normas, debe considerarse también el riesgo de generar desechos y sus efectos indirectos. El DIH prohíbe también las armas que causen daños superfluos o sufrimientos innecesarios y que por naturaleza tengan efectos indiscriminados, así como varios tipos específicos de armas.

El derecho de la neutralidad

El derecho de la neutralidad rige las relaciones entre los Estados beligerantes y los Estados neutrales en tiempo de conflicto armado. Al igual que el DIH, también sirve para mitigar y contener los efectos adversos de los conflictos armados.

Aunque el derecho internacional, incluido el DIH, restrinja las operaciones militares en el espacio ultraterrestre o en relación con este, eso no incentiva la militarización del espacio ultraterrestre ni legitima las hostilidades que se produzcan allí.

Dado el riesgo de daños significativos que podría sufrir la población civil, los Estados deben considerar las posibles consecuencias humanitarias a la hora de tomar cualquier decisión, de alcance nacional y de tipo multilateral, sobre operaciones militares en relación con el espacio ultraterrestre. Los Estados pueden optar por establecer prohibiciones generales o límites específicos en relación con las armas, las hostilidades u otras operaciones militares relativas al espacio ultraterrestre. Pueden hacerlo por diversos motivos, entre ellos, motivos humanitarios, como lo hicieron con el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre. Si se formulan otras normas, leyes y principios jurídicamente vinculantes, deben ser coherentes con el marco jurídico vigente, incluido el DIH, y tomarlo como base.