Declaración

Israel y el Territorio Palestino Ocupado: se debe respetar el derecho de la ocupación

Ginebra (CICR) – El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), organización que está presente en la región desde 1967, considera que Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, así como la Franja de Gaza, que constituyen el Territorio Palestino Ocupado, siguen bajo ocupación israelí, situación que está regida por normas convencionales y consuetudinarias del derecho internacional humanitario (DIH), entre ellas, las normas relativas a la ocupación beligerante, y por el derecho internacional de los derechos humanos (DIDH). 

 

La posición jurídica que mantiene desde hace mucho tiempo el CICR es que el establecimiento y la expansión de asentamientos civiles por parte de Israel en el territorio ocupado de Cisjordania es incompatible con la obligación que compete a Israel conforme al artículo 49(6) del IV Convenio de Ginebra de 1949, que prohíbe a la Potencia ocupante efectuar el traslado de una parte de su propia población civil al territorio que ocupa. El plan de asentamientos ha dado como resultado más violaciones del DIH y consecuencias humanitarias para la población del territorio ocupado: expropiación, daños y destrucción de la propiedad privada, mal uso de bienes públicos, desplazamiento de palestinos, así como violencia por parte de los colonos israelíes contra los palestinos y sus bienes. 

 

El CICR viene afirmando una y otra vez que el plan de asentamientos israelíes en su conjunto atenta contra la propia razón de ser del derecho de la ocupación. Cambia de manera fundamental el status quo ante al crear realidades en el terreno que podrían volverse permanentes y derivar en consecuencias humanitarias de gran alcance para los palestinos que viven bajo esa ocupación. Los asentamientos también ponen de relieve la utilización por parte del Estado de Israel de las amplias facultades que le ha otorgado el derecho de la ocupación con miras a utilizar los recursos –u otras ventajas que ofrece el territorio que ocupa– en beneficio de su propio territorio o su propia población, sin cumplir con los deberes correspondientes ante la población que vive bajo su ocupación.

 

 

El CICR sigue viendo con honda preocupación las consecuencias en el plano humanitario que han tenido y seguirán teniendo para las personas protegidas las anexiones formales unilaterales, como la de Jerusalén Oriental, o las anexiones de facto de partes de Cisjordania, así como determinadas medidas pasadas y actuales que generan un permanente estado de ilegalidad en virtud del derecho de la ocupación.

Las anexiones unilaterales contradicen la letra y el espíritu del derecho de la ocupación, así como los principios que lo sustentan. No tienen ningún efecto en cuanto al estatuto jurídico de los territorios ocupados en virtud del derecho internacional ni inciden de manera alguna en la aplicabilidad del derecho relativo a la ocupación beligerante a estos territorios. El DIH es claro: las personas protegidas siguen gozando de protección independientemente de cualquier anexión.

El CICR ha condenado de manera reiterada los ataques deliberados contra personas civiles israelíes y subrayado que tales actos constituyen una clara violación del DIH. Reconoce el derecho de Israel a adoptar medidas para preservar la seguridad de su población. No obstante, estas medidas deben respetar las disposiciones pertinentes del DIH y del DIDH.

 

La organización mantiene la convicción de que mejorar el cumplimiento del DIH y del DIDH en el Territorio Palestino Ocupado es un factor crucial para reducir el sufrimiento de todas las personas afectadas. También sigue acompañando a quienes se ven afectados por los conflictos armados y seguirá realizando sus actividades en el terreno para contribuir a aliviar su sufrimiento.

 

El CICR insta a todos los Estados a respetar y hacer respetar el DIH en todas las circunstancias, conforme a su obligación en virtud del artículo 1 común a los Convenios de Ginebra de 1949.