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En palabras de la presidenta del CICR, "las personas atrapadas en conflictos armados necesitan acciones, no palabras"

Mirjana Spoljaric, presidenta del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), se dirigió al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a propósito de la necesidad de defender el derecho internacional humanitario (DIH) y el trato humano de las personas detenidas – Nueva York, 21 de mayo de 2024

Señor presidente:

Gracias por la oportunidad de dirigirme al Consejo al respecto de este tema tan importante.

En 1999, en su intervención ante este mismo órgano, el expresidente del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) Cornelio Sommaruga se refirió a la existencia de veinte conflictos armados activos. Hoy en día, esa cifra asciende a 120 conflictos, según registros de mi organización.

En los últimos 25 años y pese a las muchas resoluciones que ha aprobado este Consejo, las personas civiles han sido atacadas, desplazadas, vulneradas, heridas y asesinadas de las maneras más reprensibles.

Al mismo tiempo, cada vez hay más conflictos armados en los que se impide la prestación de ayuda humanitaria. Las organizaciones humanitarias neutrales e imparciales, como el CICR, sufren una presión constante a raíz de objetivos políticos y militares.

¿Qué medios existen para revertir algunas de estas tendencias tan destructivas?

Los Convenios de Ginebra representan el consenso universal más firme en torno a la necesidad de preservar la humanidad en la guerra. Son esenciales para mantener un derrotero que conduzca a la paz y la estabilidad. Los principios consagrados en este conjunto normativo fundamental son independientes de la cultura, la religión o la condición social. Constituyen un denominador común, una noción compartida de que la humanidad es un principio inderogable y caracterizado por asignar el mismo valor a todos los seres humanos.

Señor presidente:

Hoy quiero señalar ante el Consejo dos cuestiones que suelen revestir una importancia crítica para forjar confianza entre partes beligerantes:

  • Por un lado, la protección de las personas privadas de libertad y las que corren riesgo de ser dadas por desaparecidas.
  • Por otro, el cumplimiento del derecho internacional humanitario.

En primer lugar, los Estados deben adoptar medidas concretas para proteger a todas las personas afectadas por conflictos armados.

A través de los Convenios de Ginebra, los Estados han conferido al CICR un cometido único y modalidades de trabajo específicas que permiten a la organización desempeñar una función de seguimiento eficaz para que las personas detenidas reciban un trato humano.

Las visitas del CICR, con sus modalidades claramente definidas, así como el diálogo bilateral confidencial con las autoridades detenedoras, nos permiten agregar un nivel de protección crucial en lugares de detención.

No obstante, seguimos hondamente preocupados por la deshumanización tan generalizada de la que son objeto las personas privadas de libertad.

Muchas siguen siendo sometidas a tratos inhumanos y torturas, se hallan en condiciones de detención paupérrimas, no pueden establecer contacto con sus seres queridos o son utilizadas como moneda de cambio con fines políticos.

Cuando veo que se ponen trabas a nuestro acceso humanitario y se cuestionan nuestras modalidades de trabajo, y cuando leo testimonios de malos tratos y tortura, me veo obligada a reafirmar la función y la experiencia singulares del CICR para apoyar a los Estados en el respeto del derecho y la preservación de la humanidad en los lugares de detención.

Asimismo, insto con urgencia a las partes a cumplir sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario de tratar a todas las personas detenidas con humanidad y permitir que se lleve adelante nuestra labor basada en principios.

Un problema estrechamente ligado a la cuestión de la detención es el riesgo de desaparición.

Cuando se realizan detenciones sin registro y se impide a una persona detenida comunicarse con sus familiares, es probable que aumenten las desapariciones administrativas o forzadas.

Muchas personas hoy corren un gran riesgo de ser dadas por desaparecidas en distintas situaciones:

  1. cuando quedan restos humanos entre escombros o abandonados en el campo de batalla;
  2. cuando se realizan entierros en fosas comunes o se dejan cuerpos en morgues abarrotadas sin identificar ni documentar;
  3. cuando se toman rehenes, a veces, durante años, y se utilizan estos como moneda de cambio.

Insto al Consejo de Seguridad a recordar a las partes en conflicto que deben cumplir el derecho internacional humanitario y la resolución 2474 para impedir que lleguen a producirse las desapariciones, y para esclarecer la suerte y el paradero de las personas dadas por desaparecidas.

En medio de las hostilidades, como parte esencial de cualquier plan de reconstrucción, los Estados deben asegurarse de que los restos humanos se recuperen, se identifiquen y se devuelvan a los familiares de manera oportuna y digna.

Deben disponer lo necesario para que las personas detenidas se registren de manera sistemática y que se notifique a sus familiares sobre su detención.

En segundo lugar, los Estados deben interpretar y aplicar el derecho internacional humanitario de manera que fortalezca genuinamente la protección de las personas civiles en el terreno. 

Cada vez se interpreta con más flexibilidad el derecho internacional humanitario, sobre todo los principios de distinción, proporcionalidad y precaución que rigen la conducción de las hostilidades.

Esto da lugar a una incoherencia peligrosa:

  1. cuando se despoja de todo valor la vida de las personas civiles;
  2. cuando las normas importantes que protegen a la población civil se reducen implícitamente a una mera orientación facultativa;
  3. cuando se presta nula consideración al daño acumulativo que padecen las personas civiles a causa de la destrucción de la infraestructura esencial para su vida.

Así, se pierde el equilibrio correcto entre la necesidad militar y el imperativo humanitario. Desaparece la moderación en la conducción de las hostilidades y, en última instancia, la humanidad.


El derecho internacional humanitario no es una herramienta para justificar las muertes, el sufrimiento interminable y la destrucción. Su objetivo principal de proteger la vida y la salud, y lograr que se respete al ser humano incluso durante las guerras es algo que debemos promover, defender y portar como bandera.

La protección de las personas afectadas por los conflictos armados es, ante todo, una cuestión de cumplimiento del derecho.

Es una responsabilidad que compete a los dirigentes políticos y estrategas militares, ya que son ellos quienes tienen el poder de decidir cómo va a desarrollarse una guerra.

El cumplimiento del derecho exige decisiones firmes en materia de políticas para priorizar la protección de la población civil y otras personas protegidas durante los conflictos armados.

Los miembros del Consejo de Seguridad, en sus funciones estatales, en sus asociaciones y alianzas, y en su carácter de Altas Partes Contratantes, tienen una responsabilidad especial de interpretar el derecho internacional humanitario de manera que fortalezca genuinamente la protección de las personas civiles en el terreno.

Esta responsabilidad implica lo siguiente:

  • Adoptar medidas deliberadas en gabinetes, Ministerios de Defensa, en la instrucción, en el campo de batalla y en el espacio público.
  • Observar con detenimiento la situación de la población civil y establecer la protección y la salud de la población como un objetivo central que oriente la conducción de las hostilidades.
  • Procurar que, en las inevitables transacciones políticas que se producen entre las partes, las consideraciones humanitarias y relativas al derecho internacional humanitario no se utilicen como moneda de cambio.

Los Estados deben utilizar su influencia colectiva e individual para que se respete el espacio humanitario y que se habilite la acción humanitaria de manera proactiva, que se otorgue acceso humanitario y que el personal humanitario esté protegido en todo momento.

Señor presidente:

El camino hacia cualquier acuerdo político y hacia la estabilidad a largo plazo comienza con la adopción de medidas humanitarias, como la liberación de prisioneros o la devolución de restos humanos.

Desde su lugar de intermediario neutral, el CICR puede ayudar a hacer realidad estos primeros pasos, aliviar el sufrimiento y establecer confianza entre todas las partes.

Para el Consejo de Seguridad, la negociación del acceso humanitario no puede reemplazar la falta de decisión política.

La asistencia humanitaria reviste una importancia vital para millones de personas civiles, pero no puede otorgar la seguridad que les corresponde como derecho y que no dejan de reclamar.

Los Estados deben comprometerse a cumplir de manera cabal el derecho internacional humanitario y a asumir una verdadera responsabilidad colectiva en favor de la paz, que tenga una incidencia concreta y positiva en el terreno.

Las personas atrapadas en conflictos armados necesitan acciones, no palabras.

Muchas gracias.